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La Ley 11/2018 sobre información no financiera y diversidad, un impulso a la Responsabilidad Social Corporativa

El pasado 28 de diciembre, se aprobó la Ley 11/2018 que regula la información no financiera que las empresa cuyo número medio de trabajadores en el ejercicio sea superior a 500 y que o bien tengan la consideración de entidades de interés público, o bien que durante dos ejercicios consecutivos cumplan con dos de las siguientes circunstancias: volumen de activos superior a 20 millones, de euros, cifra anual de negocios superior a 40 millones de euros y número medio de empleados será superior a 250, deben entregar en el Registro Mercantil junto a las auditorias  de cuentas.

Transcurridos tres años, la obligación de presentarlo será de aplicación también a las empresas de más de 250 trabajadores y que cumplan los requisitos anteriormente expuestos, exceptuando a las entidades que tienen la calificación de empresas pequeñas y medianas.

El estado de información no financiera consolidado debe incluir la siguiente información:

  • Evolución, resultados y situación del grupo en material de responsabilidad social
  • Impacto de la actividad respecto a cuestiones medioambientales y sociales, el respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno
  • Información relativa al personal, especialmente aquellas dirigida a favorecer el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, la no discriminación e inclusión de las personas con discapacidad y la accesibilidad universal.

Así pues, para cara uno de los ámbitos citados – cuestiones ambientales, cuestiones sociales y de personal, respeto a los derechos humanos, lucha contra la corrupción y el soborno y sociedad- se debe informar sobre los riesgos e impactos asociados, las políticas implementadas para gestionar y mitigar estos riesgos, los indicadores claves para evaluar los procesos de la organización y los resultados asociados a la implementación de estas políticas.

El Estado de Información No Financiera (EINF) debe ser aprobado por el Consejo de Administración y ser verificado por un verificador independiente cualificado. Los auditores de cuentas y las sociedades de auditorías de cuentas únicamente deben comprobar que se haya facilitado el estado de información no financiera.

Finalmente, la divulgación de esta información deberá disponerse de forma gratuita en los primeros seis meses desde la finalización del ejercicio y deberá permanecer disponible al menos durante cinco años.

Con todos estos nuevos requerimientos, se da un gran impulso a nivel estatal y europeo a la Responsabilidad Corporativa, y se intensifica la presencia de la sostenibilidad, impulsando que los órganos de administración y dirección de las empresasintegren cada vez más la relevancia de los impactos sociales, ambientales y de los intangiblespara el buen desarrollo del negocio.

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